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By Acquis Compliance | Mon Nov 10 2025 | 2 min read

En un movimiento estratégico, la Comisión Europea ha presentado recientemente una propuesta para extender el plazo para la adopción de normas de informes de sostenibilidad por un período sustancial de dos años. Esta extensión está principalmente dirigida a ciertos sectores y a empresas de terceros países, ofreciéndoles más tiempo para una transición más fluida. La intención de la Comisión detrás de esta propuesta es clara: busca permitir a estas empresas enfocarse primero en implementar los requisitos de informes de sostenibilidad tal como se detallan en el Reglamento Delegado. Esto, a su vez, debería ayudar a aliviar la carga de información sobre ellas.

Las enmiendas a la Directiva 2013/34/UE

La decisión propuesta implica una revisión de la Directiva 2013/34/UE, que obliga a ciertas empresas a divulgar información no financiera. La enmienda clave, en el corazón de esta propuesta, es el aplazamiento del plazo para la adopción de actos delegados que contengan requisitos complementarios de informes de sostenibilidad. El plazo inicial del 30 de junio de 2024, ahora se extenderá al 30 de junio de 2026. Además, el plazo para la adopción de normas de informes de sostenibilidad, relativas a la divulgación de información de sostenibilidad para ciertas empresas de terceros países, también se diferirá al 30 de junio de 2026, desde la fecha original del 30 de junio de 2024.

Es importante señalar que la decisión propuesta aún está siendo revisada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Se anticipa que la finalización y adopción de esta propuesta ocurran a principios de 2024.

Implicaciones para las Empresas

La extensión del plazo para adoptar normas de informes de sostenibilidad conlleva importantes implicaciones para las empresas. Si bien les proporciona más tiempo para prepararse para los próximos requisitos, las empresas no deben pasar por alto el hecho de que estos requisitos eventualmente entrarán en vigor. Por lo tanto, es crucial que inicien las preparaciones desde ahora.

Revisión y Mejora

Para empezar, las empresas deben revisar sus prácticas actuales de informes de sostenibilidad. Esta revisión debe identificar áreas que necesiten mejora, asegurando que los estándares que se avecinan puedan cumplirse de manera efectiva. Además, deben familiarizarse con los estándares propuestos de informes de sostenibilidad, que están programados para ser publicados a principios de 2024.

Plan de Implementación

Una vez que estos nuevos estándares se publiquen, las empresas deben desarrollar un plan integral para su implementación. Este plan debe incluir la identificación de los datos que necesitan ser recopilados, el establecimiento de sistemas para la recolección y análisis de datos, y la preparación de informes en alineación con los nuevos estándares.

Aplicabilidad Más Amplia

Un cambio significativo traído por los nuevos requisitos de informes de sostenibilidad es su alcance ampliado. A diferencia de los requisitos actuales, los próximos estándares se aplicarán a un espectro más amplio de empresas, incluyendo a todas las empresas que cotizan en bolsa, independientemente de su tamaño.

Conclusión

En el núcleo de esta propuesta está el objetivo de la Comisión de retrasar la fecha de adopción para los ESRS específicos del sector por dos años.

Bajo el marco original de la CSRD, grandes empresas no pertenecientes a la UE que operan dentro de la UE estaban obligadas a proporcionar informes de sostenibilidad, con reglas de adopción de ESRS programadas para entrar en vigor a finales de junio de 2024, y los requisitos de informes comenzando en 2028. La nueva propuesta de la Comisión recomienda una extensión de dos años para la adopción de estas reglas, ofreciendo a las empresas más tiempo para alinearse con los cambios que se avecinan.

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La Comisión de la UE propone posponer el plazo del ESRS sectorial de junio de 2024 a junio de 2026

En febrero de 2025, la Comisión Europea presentó el Paquete de Simplificación Omnibus, que propone reducir el número de empresas sujetas a la CSRD y retrasar las obligaciones de informes para ciertas firmas. Los cambios buscan aumentar la competitividad mientras se simplifican las normas de sostenibilidad.
Los nuevos criterios limitan la aplicabilidad de la CSRD a empresas con más de 1,000 empleados (en lugar del umbral actual de 250). Este cambio eliminaría aproximadamente al 80% de las empresas actualmente en el alcance.
La Directiva Stop‑the‑Clock, respaldada por el Parlamento Europeo y el Consejo a principios de abril de 2025, retrasa los plazos de informes: Empresas de la Ola 1 (entidades de interés público más grandes): sin cambios. Ola 2 (grandes empresas): Primeros informes pospuestos de 2026 a 2028. Ola 3 (PYMES cotizadas y ciertas pequeñas empresas): Primeros informes retrasados de 2027 a 2029.
Un Acto Delegado de Solución Rápida adoptado en julio de 2025 congela las obligaciones del ESRS para reporteros de la Ola 1 al nivel de 2024, por lo que las empresas no necesitarán adoptar requisitos de informes adicionales escalonados para los ejercicios fiscales 2025 y 2026 mientras se simplifica el ESRS.
La Directiva Stop‑the‑Clock recibió la aprobación del Parlamento el 3 de abril, y el respaldo del Consejo siguió el 26 de marzo, ingresando al Diario Oficial poco después. Los estados miembros de la UE deben transponerla a su legislación nacional antes del 31 de diciembre de 2025.
Ola 1 (entidades de interés público y entidades cotizadas con más de 500 empleados): permanece en el cronograma—informes para el ejercicio fiscal de 2024 debidos en 2025. Ola 4 (empresas matrices no pertenecientes a la UE con un volumen de negocio significativo en la UE): no afectadas y deben informar el ejercicio fiscal de 2028 en 2029.
Expandir las exenciones para reportes de EUT/Taxonomía solo a empresas dentro del alcance revisado de la CSRD (ej. >1,000 empleados). Iniciar la simplificación del ESRS, apuntando a una reducción sustancial de los puntos de datos obligatorios y alineación con otras regulaciones de la UE.