By Acquis Compliance | Mon Oct 13 2025 | 2 min read

En un movimiento decisivo para combatir el trabajo forzoso, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) ha ampliado la Lista de Entidades de la Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (UFLPA), añadiendo 26 empresas textiles con sede en China. Simultáneamente, el Gobernador de Florida, Ron DeSantis, firmó la Ley de la Cámara (HB) 1331, prohibiendo los contratos estatales con empresas que utilicen trabajo forzoso. Estas medidas destacan el compromiso de EE.UU. con el abastecimiento ético y los derechos humanos, enfatizando la erradicación del trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales.

El DHS Amplía la Lista de Entidades de la UFLPA

El 16 de mayo de 2024, el DHS amplió la Lista de Entidades de la UFLPA añadiendo 26 empresas textiles con sede en China, marcando la mayor expansión única hasta la fecha. La UFLPA presume que los bienes producidos en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (XUAR) o por entidades en la Lista de Entidades de la UFLPA son hechos con trabajo forzoso, prohibiendo así su importación a los Estados Unidos.

Según el DHS, las entidades recién incluidas comprenden comerciantes de algodón e instalaciones de almacenamiento que, aunque operan fuera de la XUAR, obtienen algodón de la región. Esta adición se alinea con el Plan de Aplicación Textil del DHS, que prioriza examinar y revisar entidades en el sector textil para su posible inclusión en la Lista de Entidades de la UFLPA.

El Secretario del DHS, Alejandro Mayorkas, enfatizó la importancia de esta acción, declarando: "El Departamento de Seguridad Nacional no tolerará el trabajo forzoso en las cadenas de suministro de nuestra nación. El anuncio de hoy refuerza nuestra aplicación de la UFLPA y ayuda a las empresas responsables a realizar la debida diligencia para que, juntos, podamos mantener los productos de trabajo forzoso fuera de nuestro país.

El Subsecretario de Política del DHS, Robert Silvers, añadió: "Las empresas deben realizar la debida diligencia y conocer de dónde vienen sus productos". Aunque este requisito no es nuevo, se refuerza con la ampliación de la Lista de Entidades de la UFLPA y la continua aplicación de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).

Desde que la UFLPA fue firmada por el Presidente Biden en diciembre de 2021, 65 entidades han sido añadidas a la lista, abarcando diversos sectores como la confección, la agricultura, el polisilicio, los plásticos, los productos químicos, las baterías, los electrodomésticos, la electrónica y los aditivos alimentarios.

Nueva Legislación de Florida Contra el Trabajo Forzoso

El 15 de mayo, el Gobernador de Florida, Ron DeSantis, firmó la HB 1331, fortaleciendo aún más la posición del estado contra el trabajo forzoso. A partir del 1 de julio, la ley prohíbe los contratos estatales con empresas que produzcan bienes usando trabajo forzoso.

Las disposiciones clave de la Nueva Legislación de Florida HB 1331 incluyen:

  • Un requisito para que la alta dirección de las empresas contratantes certifique, por escrito, que sus productos no se hacen con trabajo forzoso.
  • El Departamento de Servicios de Gestión de Florida debe crear y mantener una lista de proveedores de trabajo forzoso, descalificando a las empresas de la contratación pública. Esta lista se actualizará trimestralmente y se pondrá a disposición del público.

Esta legislación es parte de un esfuerzo más amplio del Gobernador DeSantis para proteger la economía de Florida y asegurar prácticas comerciales éticas. El mismo día, también firmó la HB 1645, relacionada con recursos energéticos, y la HB 7071, que aborda inversiones en valores chinos por parte de la Junta de Administración Estatal.

El Gobernador DeSantis comentó sobre el paquete legislativo, señalando: "La legislación que firmé hoy — HB 1645, HB 7071 y HB 1331 — mantendrá los molinos de viento fuera de nuestras playas, gas en nuestros tanques, y a China fuera de nuestro estado."

Conclusión

Estas acciones recientes del DHS y el estado de Florida subrayan un fuerte compromiso para eliminar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro. Al ampliar la Lista de Entidades de la UFLPA y promulgar legislación a nivel estatal, EE.UU. está tomando pasos significativos para asegurar que los productos que ingresan al mercado sean de origen ético y libres de abusos a los derechos humanos. Se anima a las empresas a realizar una rigurosa debida diligencia para cumplir con estas normativas y contribuir al esfuerzo global contra el trabajo forzoso.

Speak to Our Compliance Experts

Questions about compliance, partnerships, or support? We're here to help.

Share

Florida promulga la Ley HB 1331 para fortalecer la integridad de la cadena de suministro contra el trabajo forzado

La Ley de Prevención del Trabajo Forzoso Uigur (UFLPA) es una ley de EE. UU. de 2021 que prohíbe la importación de bienes producidos total o parcialmente en Xinjiang (China) o por empresas incluidas en la Lista de Entidades UFLPA, salvo que el importador demuestre lo contrario con evidencia clara y convincente.
El DHS añadió 26 empresas textiles chinas, principalmente vinculadas al comercio y almacenamiento de algodón de Xinjiang. Esto refuerza la prohibición de importación de bienes fabricados con trabajo forzoso y exige mayor debida diligencia de las empresas importadoras.
Desde 2021, 65 entidades de diversos sectores (textiles, agricultura, polisilicio, plásticos, electrónica, químicos, baterías, electrodomésticos y alimentos) han sido incorporadas a la lista.
La HB 1331, firmada en mayo de 2024, prohíbe al estado de Florida celebrar contratos con empresas que utilicen trabajo forzoso. Obliga a la alta dirección de estas compañías a certificar que sus productos no provienen de trabajo forzoso y crea una lista pública de proveedores descalificados.
A partir del 1 de julio de 2024, las empresas que quieran contratar con el estado de Florida deberán cumplir con esta ley y garantizar que sus cadenas de suministro estén libres de trabajo forzoso.
La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) detiene los envíos sospechosos mediante órdenes de retención (WROs) y exige a los importadores demostrar con pruebas que los bienes no fueron fabricados con trabajo forzoso.
Realizar debida diligencia sobre proveedores y materias primas. Rastrear y documentar el origen de insumos críticos como algodón, polisilicio o aluminio. Preparar evidencia verificable de cumplimiento. Establecer sistemas internos de monitoreo y certificación.