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By Acquis Compliance | Tue Nov 11 2025 | 2 min read

¿Qué es la Lista de Autorización del Anexo XIV de REACH?

El Anexo XIV, también conocido como la Lista de Autorización de REACH, es una lista regulatoria dinámica mantenida por la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA). Incluye Sustancias Altamente Preocupantes (SVHCs) que requieren autorización específica antes de poder ser utilizadas o comercializadas en el mercado de la UE. Estas sustancias se seleccionan de la Lista de Candidatos y no pueden ser utilizadas más allá de una fecha límite especificada a menos que:

  • Una empresa haya solicitado y recibido autorización, o
  • El uso esté explícitamente exento.

Por qué importa el Anexo XIV de REACH

Las sustancias se priorizan para su inclusión basándose en:

  • Propiedades Cancerígenas, Mutagénicas o Tóxicas para la Reproducción (CMR)
  • Características Persistentes, Bioacumulativas y Tóxicas (PBT)
  • Naturaleza Muy Persistente y Muy Bioacumulativa (vPvB)
  • Propiedades de alteración endocrina
  • O preocupación equivalente para la salud humana/ambiental

La inclusión de sustancias en el Anexo XIV refleja su riesgo significativo y refuerza la estricta supervisión regulatoria.

Componentes clave del Marco de Autorización del Anexo XIV de REACH

  1. Requisito de Autorización Especial Cada uso de una sustancia del Anexo XIV requiere aprobación explícita de ECHA, a menos que esté exento.
  2. Usos y Condiciones Aprobados La lista especifica qué sectores o aplicaciones están permitidos y detalla las condiciones de gestión del riesgo.
  3. Fecha Límite Este es el límite después del cual la sustancia no puede usarse sin autorización.
  4. Fecha Límite para la Presentación (LAD) Las solicitudes deben presentarse mucho antes de la fecha límite. El uso puede continuar durante la evaluación si se presenta a tiempo.
  5. Actualizaciones Dinámicas El Anexo XIV se actualiza cada 1–2 años. Nuevas sustancias se proponen basadas en criterios científicos y socioeconómicos.

> Haga clic aquí para la última Lista de Autorización de REACH de la UE

Cómo se seleccionan las sustancias para el Anexo XIV

Desde la Lista de Candidatos de REACH, las sustancias son priorizadas para el Anexo XIV utilizando los siguientes criterios (Artículo 57):

  • (a) CMR: Carcinogenicidad (1A/1B)
  • (b) M: Mutagenicidad de células germinales (1A/1B)
  • (c) R: Toxicidad para la reproducción (1A/1B)
  • (d) PBT: Persistente, Bioacumulativo, Tóxico (según Anexo XIII)
  • (e) vPvB: Muy Persistente y Muy Bioacumulativo (Anexo XIII)
  • (f) Preocupación Equivalente: por ejemplo, disruptores endocrinos que no cumplen los criterios d/e pero que aún representan un riesgo serio

Cada sustancia se evalúa caso por caso por comités de ECHA con aportes de la industria y partes interesadas públicas.

Solicitar Autorización del Anexo XIV de REACH: Lo que las Empresas Deben Hacer

¿Quién aplica?

  • Fabricantes con sede en la UE
  • Importadores
  • Usuarios intermedios
  • O Representantes Únicos actuando en nombre de entidades no pertenecientes a la UE

¿Cuándo aplicar?

  • Mucho antes de la Fecha Límite para la Presentación (LAD)

Qué incluye la solicitud:

  • Informe de Seguridad Química
  • Análisis socioeconómico (SEA)
  • Análisis de Alternativas (AoA)
  • Plan de sustitución (si es posible)

La solicitud es evaluada por el Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) y el Comité de Análisis Socioeconómico (SEAC) de ECHA. La decisión final es tomada por la Comisión Europea.

Riesgo de Inacción

No solicitar la autorización antes de la LAD o continuar usando una sustancia más allá de su fecha límite puede llevar a:

  • Multas
  • Prohibiciones de productos
  • Denegación de acceso al mercado en la UE
  • Grave interrupción de las cadenas de suministro

Actualización 2025: Nuevas Sustancias Priorizadas para el Anexo XIV

ECHA continúa priorizando SVHC adicionales para autorización. A partir de 2025:

  • Las discusiones sobre la inclusión de sustancias per- y polifluoroalquiladas (PFAS) se han intensificado
  • El alcance de la autorización para ciertos ftalatos y compuestos de cromo se está expandiendo

Acquis simplifica su

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Comprender la Lista de Autorización del Anexo XIV de la UE REACH

Solo si tu solicitud de autorización fue presentada antes de la LAD y está en evaluación.
El importador o un representante exclusivo designado debe solicitar la autorización.
No. Solo ciertas SVHC de la Lista de Candidatos se mueven al Anexo XIV según la prioridad.
Rara vez, pero sí. Una sustancia puede enfrentar tanto autorización como restricción según el caso de uso.