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By Acquis Compliance | Thu Nov 6 2025 | 2 min read

El trabajo forzoso sigue siendo una preocupación global apremiante, lo que lleva a las naciones a tomar medidas decisivas para eliminar esta flagrante violación de los derechos humanos de sus cadenas de suministro. Uyghur Forced Labor Prevention Act (UFLPA) es un paso legislativo significativo adoptado por los Estados Unidos para combatir el trabajo forzoso en la cadena de suministro global, especialmente bienes originarios de la República Popular China (RPC). Según la UFLPA, el Forced Labor Enforcement Task Force (FLETF), presidido por el U.S. Department of Homeland Security (DHS), ha sido encargado de desarrollar una estrategia integral para evitar la importación de bienes producidos con trabajo forzoso.

La estrategia UFLPA, publicada el 17 de junio de 2022, guía la aplicación de la Sección 307 de la Ley de Tarifas de 1930, que prohíbe la entrada de bienes fabricados total o parcialmente mediante trabajo forzoso en la RPC. La estrategia se centra específicamente en los bienes originarios de la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (Xinjiang) de la RPC y productos producidos por entidades listadas en la UFLPA Entity List.

Para garantizar la efectividad y relevancia de la estrategia UFLPA, el FLETF proporciona actualizaciones anuales, y las actualizaciones de 2023 incluyen cambios en varios capítulos. Notablemente, el Capítulo II, que evalúa y describe los esquemas de trabajo forzoso y la UFLPA Entity List, ha sido ampliado. Además, el Capítulo V ahora incluye recursos adicionales para evitar que bienes hechos con trabajo forzoso ingresen a los puertos de EE. UU., y el Capítulo VII se centra en la coordinación y colaboración con ONG y entidades del sector privado.

Actualizaciones a la UFLPA Entity List y Planes Relacionados

La última actualización de la UFLPA se centra en el Capítulo II de la estrategia UFLPA, que aborda la evaluación y descripción de los esquemas de trabajo forzoso y la UFLPA Entity List. La UFLPA Entity List desempeña un papel crucial al identificar entidades e instalaciones involucradas en prácticas de trabajo forzoso. La lista incluye varias categorías de entidades, como aquellas en la Región Autónoma Uigur de Xinjiang (Xinjiang) que extraen, producen o fabrican bienes con trabajo forzoso, entidades que colaboran con el gobierno de Xinjiang para reclutar trabajo forzoso, entidades que exportan bienes producidos por las entidades listadas a los Estados Unidos, e instalaciones que obtienen material de Xinjiang para esquemas de trabajo forzado gubernamental.

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El FLETF, a través de una investigación exhaustiva y colaboración con múltiples agencias, ha identificado y consolidado entidades en la UFLPA Entity List. Esta lista sirve como una herramienta crítica de aplicación, sujetando a las entidades listadas a la presunción refutable de la UFLPA, que prohíbe sus productos de entrar a los Estados Unidos según el 19 U.S.C. § 1307. El trabajo del FLETF incluyó la referencia a información de las órdenes de retención de liberación de CBP para bienes producidos con trabajo forzoso en Xinjiang y la Lista de Entidades mantenida por la Bureau of Industry and Security (BIS) del Departamento de Comercio.Fortalecimiento de Sectores de Alta Prioridad: Ciertos sectores son más susceptibles a prácticas de trabajo forzado debido a su naturaleza o ubicación. La estrategia de los EE. UU. implica la identificación y priorización de estos sectores para esfuerzos de aplicación específicos. Al concentrar los recursos en sectores con mayor riesgo, los EE. UU. pueden maximizar su impacto en erradicar el trabajo forzado de industrias críticas.

Colaboración con ONGs y el Sector Privado: La participación con organizaciones no gubernamentales (ONGs) y el sector privado es indispensable para una implementación efectiva. Estos interesados proporcionan valiosas ideas, experiencia e información en terreno que contribuyen a identificar casos de trabajo forzado. La colaboración fomenta un enfoque colectivo, asegurando que los esfuerzos para eliminar el trabajo forzado sean comprensivos, bien informados y adaptativos.

Recursos Mejorados y Desarrollo de Capacidades: Para combatir los desafíos multifacéticos que plantea el trabajo forzado, la asignación de recursos y el desarrollo de capacidades son imperativos. La estrategia de los EE. UU. implica la mejora continua de los recursos, tanto humanos como tecnológicos, para detectar y prevenir eficazmente la importación de bienes producidos con trabajo forzado. Esto incluye inversiones en métodos y tecnologías de detección avanzadas.

La implementación de la Estrategia UFLPA requiere recursos significativos y coordinación entre múltiples agencias. El FLETF, establecido por el Acta de Implementación del T-MEC y la Orden Ejecutiva 13923 en 2020, juega un papel central en el monitoreo y la presentación de informes sobre la aplicación de 19 U.S.C. § 1307 en los EE. UU. Las responsabilidades del FLETF incluyen desarrollar y actualizar la Estrategia UFLPA, mantener la Lista de Entidades UFLPA, y colaborar con ONGs y el sector privado para asegurar una implementación efectiva.

Cooperación Internacional y Defensa: El trabajo forzado es un problema global, que trasciende fronteras y afecta a múltiples naciones. Los EE. UU. reconocen la interconexión de las cadenas de suministro y buscan colaborar con otras naciones para abordar este desafío colectivamente. A través de canales diplomáticos, organizaciones internacionales y acuerdos bilaterales, los EE. UU. abogarán por la adopción de medidas estrictas contra el trabajo forzado.

Mayor Conciencia Pública y Participación: Aumentar la conciencia pública sobre las consecuencias del trabajo forzado es fundamental para captar apoyo para la causa. La estrategia incluye campañas públicas, iniciativas educativas y plataformas para que individuos interesados, grupos de la sociedad civil y miembros del Congreso participen activamente en la lucha contra el trabajo forzado.## Aplicación Robusta de las Disposiciones de la UFLPA La UFLPA refuerza la prohibición de la importación de bienes producidos con trabajo forzoso. La aplicación rigurosa de estas disposiciones es una piedra angular de la estrategia. Los importadores que se encuentren violando las regulaciones de la UFLPA enfrentarán consecuencias legales, enviando un mensaje contundente de que los EE. UU. están comprometidos a responsabilizar a quienes perpetúan las prácticas de trabajo forzoso. Varias agencias clave son responsables de diversos aspectos de la implementación de la UFLPA. La Oficina de Asuntos Laborales Internacionales (ILAB) contribuye significativamente a los esfuerzos interinstitucionales de la FLETF al proporcionar experiencia en trabajo forzoso, rastreo de la cadena de suministro y diligencia debida. La ILAB copreside el Subcomité de la Lista de Entidades de la UFLPA, apoyando la implementación de la UFLPA. Sin embargo, la ILAB anticipa necesidades de recursos a corto y largo plazo para satisfacer las demandas en curso. La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) desempeña un papel crucial en la aplicación de la prohibición de bienes fabricados con trabajo forzoso. Para ejecutar efectivamente los requisitos de la UFLPA, la CBP ha añadido puestos, invertido en sistemas empresariales y mejoras tecnológicas, y mejorado los sistemas de gestión de casos de trabajo forzoso. Se solicita financiamiento adicional para continuar construyendo la Academia de Comercio y Carga dentro de las instalaciones del Centro de Capacitación para la Aplicación de la Ley Federal (FLETC) y para mantener las mejoras de capacidades internas. El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. (ICE) Investigaciones de Seguridad Nacional (HSI) realiza investigaciones criminales relacionadas con actividades de trabajo forzoso con un nexo en los Estados Unidos. El HSI, respaldado por la División de Contraproliferación y Crímenes (CCHT), requiere aumentar su personal para responder e investigar crímenes de trabajo forzoso y falsificación en los puertos de entrada.

Conclusión: La última actualización de la Estrategia de la UFLPA representa el compromiso inquebrantable de los Estados Unidos de erradicar el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Al identificar y abordar esquemas de trabajo forzoso a través de la Lista de Entidades de la UFLPA y planes relacionados, los EE. UU. buscan asegurar que los productos hechos con trabajo forzoso no ingresen al país. Sin embargo, abordar este complejo problema requiere recursos sostenidos y colaboración entre diversas agencias y partes interesadas. Los EE. UU. permanecen firmes en defender los derechos humanos y promover prácticas comerciales éticas para construir una economía global justa e íntegra.

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Frequently Asked Questions

La Lista de Entidades UFLPA, mantenida por el Grupo de Trabajo para la Aplicación del Trabajo Forzado (FLETF), nombra a las entidades sujetas a la presunción refutable de que sus bienes se producen con trabajo forzado de la región de Xinjiang de China. Las importaciones de ellas están automáticamente prohibidas a menos que se demuestre lo contrario.
El 15 de enero de 2025, el DHS agregó 37 nuevas entidades con sede en la RPC, elevando el total a 144 organizaciones. Estas incluyen importantes fabricantes de textiles, proveedores de minerales críticos y grandes empresas solares/polisilicio.
Los sectores destacados incluyen textiles y algodón (26 compañías), solar y silicio, y minería (5 compañías). Las categorías de alto riesgo incluyen marcas que obtienen polisilicio, materiales para baterías o textiles teñidos de entidades vinculadas a Xinjiang.
Las importaciones de mercancías de las empresas listadas generan una presunción de origen de trabajo forzado bajo el 19 U.S.C. 1307. La CBP detendrá los bienes a menos que los importadores refuten afirmativamente que no se involucró trabajo forzado, a menudo mediante evidencia documental detallada o de terceros.
Desde que comenzó la implementación, la lista creció de unas 75 entidades en 2024 a 144 a principios de 2025. La aplicación de la UFLPA ha afectado a más de 9,000 envíos valorados en aproximadamente $3.5 mil millones.
Los funcionarios han señalado una creciente escrutinio en nuevos sectores, como mariscos, aluminio y PVC, como áreas de alta prioridad. La aplicación se está intensificando globalmente, con países evaluando medidas similares basadas en comercio contra el trabajo forzado.
Monitorear regularmente la Lista de Entidades DHS/UFLPA para nuevas adiciones y eliminaciones. Evaluar a todos los proveedores y subcontratistas, incluso los de último nivel, por vínculos con entidades listadas. Implementar la selección de partes denegadas y trabajo forzado en los flujos de trabajo de adquisiciones. Exigir declaraciones de proveedores/documentación de trazabilidad que demuestre que los bienes no están vinculados a entidades con base en Xinjiang.